Es posible que en tu trayectoria profesional te preguntes si puedes compatibilizar un trabajo por cuenta ajena y ser autónomo/a. Estas dudas te pueden surgir si debido a tu experiencia profesional te hacen consultas, piden tu consejo y otros profesionales ven tu alta capacidad para resolver todas sus dudas, queriendo confiar en tus servicios.

Esto es lo que conocemos como pluriactividad, puedes plantearte el darte de alta como autónomo y seguir trabajando por cuenta ajena sin renunciar a ambos trabajos. Bien es cierto que tendrás que ser una persona muy organizada para evitar colapsar por la carga laboral que te pudiera conllevar el realizar ambos trabajos a la vez.

Además, el darte de alta como autónomo no quiere decir que estés descontento con tu trabajo por cuenta ajena, sino que te permite validar tu posible emprendimiento sin tener que renunciar a un sueldo estable.

¡Vamos a ver todo lo que debes tener en cuenta antes de lanzarte a la pluriactividad!

Cotización como pluriempleado

Al estar trabajando por cuenta ajena y propia tendrás un exceso de cotización, es decir, estás cotizando en dos regímenes diferentes y pagando dos seguros sociales que cubren las mismas contingencias.

Esta situación puede llevar a que puedas solicitar una devolución del exceso de cotización. Cuando cotizas por contingencias comunes más de 13.822,06€ anuales, puedes optar a una devolución del 50% por exceso de cotización. Bien es cierto que es la bonificación menos solicitada ya que es incompatible con otro tipo de ayudas, como pudiera ser la tarifa plana para autónomos que acaban de emprender y se dan de alta por primera vez.

Tipo de contrato

Contrato a jornada completa

Dependiendo del contrato que tengas por cuenta ajena se verá afectada tu base de cotización como autónomo. Si tienes un contrato a jornada completa puedes reducir tu base de cotización hasta un 50 % los primeros 18 meses y a partir de los 18 meses siguientes, hasta un 75 %.

Contrato a jornada parcial y superior al 50%

Puedes llegar a disfrutar de una reducción de tu base de cotización hasta un 75% los primeros 18 meses y a partir de los siguientes 18, hasta un 85%.

¿Te das de alta por primera vez? Valora la tarifa plana

También tienes acceso a ella si nunca antes la has disfrutado. Así que, creemos que es una buena opción para comenzar a emprender con cierta seguridad. Tienes la confianza de un salario fijo, con la idea de ir validando tu proyecto de emprendimiento.

Obligaciones fiscales

No te puedes olvidar de tus obligaciones fiscales al estar en situación de pluriactividad. Tendrás que declarar tu IRPF e IVA en tus modelos trimestrales, así como presentar todos tus ingresos y gastos generados de tu actividad profesional. El IRPF en este caso concreto tendrá que presentarse sumando ambos trabajos (asalariado y autónomo).

¿Quieres que estudiemos tu caso particular?

Si quieres, en una reunión online podemos revisar tu caso particular y ver si te interesa la pluriactividad. Cada persona y proyecto es un mundo, así que por nuestra parte te animamos a que tengas tus números muy claros antes de lanzarte al siguiente paso.

Como siempre, puedes dejarnos en comentarios todas tus dudas o contactarnos a oficina@akcgestores.es

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